2. Experiencias AICLE en las Islas Baleares
Una preocupación constante del poder político, desde la creación de los modernos sistemas educativos, ha sido la de irlos adaptando a las nuevas necesidades y a la evolución de los conocimientos, resultado de las transformaciones tecnológicas, sociales y económicas. Los recientes cambios sociales tendentes a la globalización han supuesto una serie de retos de carácter socioeconómico, político y cultural de primera magnitud. En este contexto uno de los retos educativos más destacados es la necesidad del conocimiento de otras lenguas. Como respuesta se ha venido desarrollando toda una política educativa con el objetivo de mejorar la enseñanza y el conocimiento de las lenguas extranjeras. Entre las diferentes iniciativas que han ido tomando cuerpo en los últimos años destaca la enseñanza bilingüe, es decir, el uso de una segunda lengua o lengua extranjera como lengua instrumental en el aprendizaje de las materias del currículo, como ya se ha mencionado. A este fin, desde hace unos años, la administración educativa de las Islas Baleares viene impulsando la creación de secciones lingüísticas en lenguas extranjeras, denominadas Secciones Europeas, así como otros programas de características similares en los centros educativos. A continuación analizaremos el contexto tanto europeo como español en el que se enmarcan estas iniciativas.
2.1. La política lingüística en el ámbito europeo
Los primeros programas de cooperación europea en el campo del aprendizaje de lenguas datan de finales de los años 50 del pasado siglo. Dichos programas tenían como objetivo principal la democratización del aprendizaje de lenguas con el fin de fomentar la movilidad tanto de ideas como de personas para así promover el patrimonio europeo representado en su diversidad lingüística y cultural. Los diferentes programas y proyectos en este terreno han ido materializándose en una serie de Resoluciones y Recomendaciones del Consejo de Europa. Así, por ejemplo, la Recomendación nº R(82)18 de 1982 abogaba por la implantación de medidas innovadoras en los métodos de enseñanza y evaluación, entre ellos la enseñanza bilingüe. De modo parecido, la Resolución del Consejo de Europa de 1995 se refiere al fomento de métodos innovadores en el aprendizaje y enseñanza de lenguas, concretamente a la enseñanza en una lengua extranjera de asignaturas distintas a la propia asignatura de idioma.
En el documento titulado White Paper on Education and Training, Teaching and Learning. Towards the Learning Society, publicado en 1995, la Comisión Europea puso el énfasis en las ideas innovadoras y las prácticas que contribuyesen de manera más eficaz a que los ciudadanos europeos lograsen el dominio de tres lenguas europeas. Así en la página 47 de dicho documento se manifiesta que: “It could even be argued that secondary school pupils should study certain subjects in the first foreign language learned”. Más tarde el Consejo en su Recomendación nº R(98)6 de 1998 recoge el papel primordial de la comunicación intercultural y el plurilingüismo en el estrechamiento de lazos entre los Estados miembros y, consecuentemente, sugiere acciones concretas para lograrlo. Finalmente, en el simposio titulado: “Cambio en el Aula Europea: El potencial de la Educación Plurilingüe” celebrado en 2005 bajo la presidencia de Luxemburgo, se subrayó, como una de las principales conclusiones, la necesidad de hacer participar a los alumnos en la enseñanza tipo AICLE.
2.2. La enseñanza bilingüe en España
La implantación de modelos de enseñanza bilingüe en España nace en el año 1987 a través de un programa de cooperación institucional entre España y Portugal en el marco de la Directiva Comunitaria 486/1977, que obliga a los Estados Miembros a la adopción de medidas para la atención de los hijos de trabajadores emigrantes. Este programa se plantea como objetivos la integración del alumnado lusoparlante en nuestro sistema educativo, el mantenimiento y desarrollo de la lengua materna en el alumnado portugués, y la promoción de una actitud de respeto hacia las diferencias culturales a través de la enseñanza bilingüe español-portugués.
Por otra parte, en el año 1996 se firma un convenio entre España y el Reino Unido para el desarrollo de un programa de currículo integrado español-inglés en los centros públicos del territorio de gestión directa del Ministerio de Educación y Ciencia. El objetivo del programa es permitir al alumnado de los centros en que se haya implantado la obtención simultánea de los correspondientes títulos académicos de España y Gran Bretaña al finalizar la enseñanza obligatoria.
Las Comunidades Autónomas con competencias en materia educativa han venido implantando desde finales de la década de los 90 programas de enseñanza bilingüe en su sistema educativo. Así, la primera Comunidad Autónoma en poner en marcha programas de enseñanza bilingüe fue la de Andalucía a través de un convenio entre la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Francesa firmado en el año 1998. En años posteriores las diferentes administraciones educativas han ido implantando secciones de enseñanza bilingüe en sus correspondientes centros educativos: Galicia y Aragón (curso 1999-2000); Murcia (curso 2000-2001); Castilla-La Mancha y Castilla-León (2001-2002); Cantabria (curso 2002-2003); Extremadura, Asturias y las Islas Baleares (curso 2004-2005).
2.3. Las Secciones Europeas y otros programas de enseñanza bilingüe en las Islas Baleares
En las Islas Baleares se han ido implantado en los últimos años diversos programas de enseñanza bilingüe que se describen a continuación.
2.3.1. Centros de convenio Ministerio Educación y Ciencia / British Council
En el momento de la firma de dicho convenio, en febrero de 1996, las competencias en educación no se hallaban transferidas y ello dio pie a la creación de una sección en lengua inglesa en el colegio público “Na Caragol” en el municipio de Artà, de la isla de Mallorca. El curso siguiente se creó una nueva sección en lengua inglesa en el colegio público “Sa Graduada” en la ciudad de Maó, de la isla de Menorca. Al incorporarse el alumnado de esas secciones a los centros de educación secundaria se crearon en éstos las correspondientes secciones en lengua inglesa, en el curso 2004-05 la del IES “Llorenç Garcies i Font” de Artà y en el curso 2005-2006 la del IES “Cap de Llevant” de Maó.
2.3.2. Centros con Secciones Europeas
El programa de Secciones Europeas se implantó de manera experimental el curso 2004-2005 tanto en centros de primaria como de secundaria. Este programa consiste en reforzar el horario dedicado a la enseñanza de la lengua extranjera y en impartir, total o parcialmente, un área o materia no lingüística en esta lengua extranjera. Existen dos modalidades. En los centros de primaria, se enseña un área en inglés más dos horas de lengua inglesa. Los centros seleccionados deben estar desarrollando enseñanzas en el marco del Programa de Enseñanza Temprana de la Lengua Extranjera.
En los centros de secundaria, se pueden desarrollar dos tipos de sección Europea: a) un área en inglés desde 1º de la ESO; b) un área en francés o alemán desde 3º de la ESO. Actualmente en las Islas Baleares están implantadas 37 Secciones Europeas diferentes: 11 de inglés en enseñanza primaria, y 37 de inglés, 7 de francés y 1 de alemán en educación secundaria.
2.3.3. Centros de infantil y/o primaria con modalidades del Decreto 52/2006 de 16 de junio
En junio de 2006 entra en vigor el Decreto 52/2006 sobre medidas para fomentar la competencia lingüística en lenguas extranjeras de los alumnos de los centros no universitarios de las Islas Baleares sostenidos con fondos públicos. En éste se otorga una atención diferenciada a los centros de infantil y de primaria respecto a los de secundaria en relación con las enseñanzas en lenguas extranjeras, lo que en la práctica afecta exclusivamente a la carga horaria de las materias impartidas en las diferentes lenguas del currículo, sobre todo en lo que se refiere a las lenguas castellana y catalana. Esta última, que debía tener una carga horaria de al menos la mitad del cómputo horario, de acuerdo con el Decreto 99/1997 de 4 de julio, pasa en este nuevo decreto a tener un carga horaria equitativa con la castellana. Los centros interesados en impartir enseñanzas en el marco del decreto se acogieron a la correspondiente convocatoria y fueron autorizados un total de 29: 4 en las Pitiusas, 21 en Mallorca y 2 en Menorca.
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Per citar l’article
“Borrull, M. N., Catrain, M., Juan, M., Salazar, J., Sánchez, R. (2008). La enseñanza del inglés como lengua extranjera basada en contenidos. Percepciones del profesorado de educación secundaria en las Islas Baleares. IN. Revista Electrònica d’Investigació i Innovació Educativa i Socioeducativa, V. 1, n. 0, PAGINES 105-128. Consultado en http://www.in.uib.cat/pags/volumenes/vol1_num0/borull_otros/index.html de l’article en (posar data)”